La Corte Suprema frenó las alícuotas diferenciales de Ingresos Brutos entre provincias
El máximo tribunal ratificó la inconstitucionalidad de cobrar tasas mayores a empresas radicadas en otra jurisdicción, usando como base dos casos de Santa Fe y Entre Ríos.

La Corte Suprema de Justicia volvió a trazar una línea sobre el mapa fiscal argentino: las provincias no pueden aplicar alícuotas diferenciadas de Ingresos Brutos a empresas cuya sede está fuera de su territorio. El fallo, firmado por los tres integrantes del tribunal, consolida una postura que el Poder Judicial ya había esbozado en causas anteriores pero que las provincias seguían ignorando.
Los casos
Los expedientes analizados involucraban situaciones en Santa Fe y Entre Ríos, donde las fiscos provinciales aplicaban tasas más altas a contribuyentes radicados en otras jurisdicciones. El argumento de fondo es simple: cobrar más a una empresa por el solo hecho de tener domicilio en otra provincia equivale a erigir una aduana interna, lo que la Constitución Nacional prohíbe expresamente.
Por qué importa
Ingresos Brutos es el impuesto provincial más recaudado del país y, históricamente, uno de los más distorsivos. La práctica de diferenciar alícuotas según el origen del contribuyente no era marginal: varias provincias la usaban como herramienta de recaudación encubierta y como barrera a la competencia de empresas de otras regiones. El fallo aplica a todo el territorio nacional, no solo a los dos casos analizados.
Qué cambia
Las administraciones tributarias provinciales deberán revisar sus tablas de alícuotas y eliminar cualquier diferencial basado en la jurisdicción de radicación del contribuyente. Para las empresas que operan en múltiples provincias —un universo amplio que incluye desde distribuidoras hasta bancos y aseguradoras— la decisión abre la puerta a reclamos de devolución por cobros realizados bajo esquemas que ahora quedan definitivamente invalidados.
Las dudas que quedan
El fallo no especifica mecanismos de devolución ni plazos para que las provincias adecuen su legislación. Tampoco hay estimación oficial de cuánta recaudación provincial queda en jaque. Lo que sí es claro: las provincias que persistan en la práctica enfrentarán litigios con jurisprudencia de la Corte en contra. El dato para llevarse: Entre Ríos y Santa Fe son apenas dos de las veinticuatro jurisdicciones que aplican Ingresos Brutos.
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