Alquileres de vivienda quedan exentos de Ganancias: qué cambia para los propietarios
Un decreto del Gobierno reglamentó las exenciones al impuesto que había establecido la reforma tributaria: los ingresos por alquiler de vivienda no tributarán Ganancias desde enero de 2025, con mejoras de rentabilidad de hasta el 64% según especialistas.
⚡ Imagen generada con IAEl Gobierno reglamentó mediante decreto la exención del impuesto a las Ganancias sobre los ingresos que los propietarios obtienen por alquilar viviendas. La medida rige retroactivamente desde enero de este año y consolida un beneficio que la reforma tributaria anterior había dejado sin instrumentar del todo.
Los números
El impacto no es menor: según especialistas consultados por Ámbito, los propietarios podrían mejorar su rentabilidad en hasta un 64%. Ese salto surge de la diferencia entre tributar la renta locativa como ingreso gravado y no hacerlo. Para un propietario con un departamento en CABA y un alquiler de mercado, el ahorro anual puede representar varios meses de renta.
Qué dice la norma
La reglamentación establece que los ingresos provenientes de la locación de inmuebles destinados a vivienda quedan fuera del alcance del impuesto. El decreto precisa los requisitos y condiciones que deben cumplir los contratos para acceder a la exención. Las rentas generadas desde el 1° de enero de 2025 ya están cubiertas, lo que abre la posibilidad de ajustar declaraciones juradas del período en curso.
El contexto
La medida llega en un mercado de alquileres que todavía procesa los efectos de la derogación de la Ley de Alquileres. Con contratos ahora libres en plazos y ajustes, la oferta se recuperó en las principales ciudades pero los precios escalaron con fuerza. La exención en Ganancias apunta a mejorar el rendimiento neto para el propietario sin tocar los valores de los contratos —aunque en la práctica, mayor rentabilidad neta puede traducirse en menor presión para subir precios nominales.
Lo que falta saber
El decreto no especifica si la exención aplica también a alquileres de locales comerciales o si queda estrictamente acotada a vivienda. Los especialistas advierten que hay que leer con cuidado los requisitos formales: no todo contrato de alquiler de vivienda califica automáticamente. La AFIP deberá emitir instrucciones operativas para que los contribuyentes puedan aplicar la exención en sus declaraciones. Mientras tanto, quienes ya presentaron anticipos del período 2025 tienen margen para recalcular.
Dato de cierre: Argentina tiene unos 3,5 millones de contratos de alquiler vigentes —si solo un tercio califica y aplica la exención, el costo fiscal del decreto puede ser significativo. El Gobierno no publicó estimaciones al respecto.
El cruce
Análisis editorialÁmbito es el único que cuantifica el beneficio (hasta 64% de mejora en rentabilidad) y le da un ángulo favorable a la medida. C5N, El Cronista e Infobae se quedan con los datos: qué cambió, cómo se reglamentó, desde cuándo rige. Ningún medio cuestiona la norma ni busca voces críticas.
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Fuentes consultadas
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