La Corte frenó una censura a influencers en redes
El máximo tribunal anuló una cautelar que prohibía referencias públicas en Instagram y marcó límites a la intervención judicial sobre lo que se publica online, mientras un medio fue por otro carril con una aclaración ajena al caso.

La Corte Suprema anuló una cautelar que impedía a una influencer mencionar a otra en redes y dejó una señal bastante clara: la censura previa no entra por la ventana judicial, aunque venga vestida de protección personal. El caso involucra a Mariana Núñez y Candela Sánchez, y el tribunal sostuvo que la orden era imprecisa y excesiva. La decisión apareció este 5 de octubre como respuesta a una pelea digital que ya había escalado demasiado para quedarse en Instagram.
Qué resolvió
El fallo dejó sin efecto la prohibición de hacer referencias públicas y también la orden de borrar publicaciones. En criollo: la Justicia no puede cortar de antemano el contenido que alguien podría subir, salvo que quiera abrir un problema más grande que el que dice resolver. La Corte remarcó que la medida era una forma de restricción indebida a la libertad de expresión.
El choque de fondo
La discusión nace de una denuncia de Candela Sánchez, que dijo sufrir acoso y hostigamiento cibernético por parte de Núñez. TN, Infobae, Clarín e iProfesional contaron el caso como una pulseada entre influencers y pusieron el eje en el límite entre proteger derechos personales y evitar que un juez decida qué se puede decir en redes. Página/12, en cambio, llevó el asunto al terreno institucional y subrayó los cuestionamientos al criterio de la Corte.
Lo que preocupó a la Corte
El tribunal entendió que la medida era demasiado amplia y que podía generar un efecto inhibitorio sobre otros usuarios. Esa frase importa más de lo que parece: si el remedio es tan grande que asusta a cualquiera que quiera hablar, el problema ya no es solo el conflicto original. La Corte, al menos esta vez, prefirió frenar el parche antes de que se vuelva norma.
La excepción de La Nación
La Nación se despegó del resto y publicó una aclaración sobre el TPS de venezolanos y una lista de órdenes que la Corte planea divulgar el lunes 5 de octubre. No habló del expediente de las influencers. El resto de los medios sí coincidió en ese caso y en el mismo punto incómodo: la Justicia no puede administrar redes sociales como si fueran una cartelera del consorcio.
El dato chico para guardar: la censura previa sigue siendo una mala idea, aunque venga con membrete judicial.
El cruce
Análisis editorialTN, Infobae y Clarín cuentan el caso como una disputa entre influencers y ponen el foco en la libertad de expresión y la censura previa. iProfesional va por la misma línea, pero lo presenta más como un debate sobre hasta dónde puede intervenir la Justicia en redes. Página/12 toma un tono más crítico y arranca por los rechazos al fallo. La Nación se fue por otro tema: habló del TPS de venezolanos y una aclaración de la Corte, no de este expediente.
Lo que reescribimos arriba sale del cruce de estos titulares. Hacé click para leer la cobertura original.
Seguí leyendo

La Corte frenó un fallo contra una influencer

La Corte acotó el alcance del blanqueo para deudas impositivas

La Corte deja abiertas dos causas contra Kueider

Cristina Kirchner: dos frentes judiciales esperan definición
Las noticias del día por mail
Un email a las 8 AM con lo más importante. Gratis. Sin spam. Te das de baja cuando quieras.
Fuentes consultadas
Esta nota fue elaborada a partir del cruce de cobertura de varios medios. Si querés ampliar, podés visitar las fuentes originales.